A
- Acometida: Ramal de la instalación eléctrica que conecta la red de distribución de la empresa y la caja general de protección (CGP).
- Acometida en baja tensión: Ramal de la instalación que conecta la red de distribución de la empresa y la caja general de protección para suministros en baja tensión.
- Alquiler del equipo de medida: Cuota mensual a pagar a la empresa distribuidora en caso de que el contador sea de su propiedad. Esta cuota se determina anualmente a través de una Orden Ministerial.
- Alta de contrato: Actuaciones requeridas para que la contratación de un suministro sea efectiva.
B
- Baja tensión: Suministro con tensión inferior a 1.000 V.
- Baja de contrato: Rescisión del contrato que vincula a la Empresa y al cliente para un suministro concreto.
C
- Caja General de Protección (CGP): Cajetín en la que se alojan los elementos de protección de la línea repartidora. Coincide con el inicio de la propiedad de las instalaciones eléctricas de los clientes.
- Carga total de un edificio: Total resultante de sumar las cargas eléctricas correspondientes a las viviendas, a los servicios generales del edificio y de los locales comerciales.
- Carga total de los servicios generales: Total resultante de sumar las cargas correspondientes a los ascensores, alumbrado de la escalera y a los servicios comunes de un edificio.
- Centro de Transformación: Instalación provista de uno o varios transformadores reductores de Alta a Baja Tensión, con la aparamenta eléctrica y obras complementarias precisas.
- Cliente cualificado: Tipo de consumidor que cumple los requisitos legales vigentes en el momento para acceder a comprar la energía en el mercado liberalizado de producción, pagando una tarifa al distribuidor en concepto de utilización de sus redes para llevar dicha energía hasta el punto final de consumo.
- Complemento por discriminación horaria: Recargo o Descuento que se aplica sobre el término de energía a un suministro, una tarifa contratada determinada, en función de la hora del día en que realiza sus consumos.
- Complemento tarifario: Recargos o descuentos asociados al tipo de tarifa elegida por el cliente y a las características de su equipo de medida.
- Consumo: Número de kilowatios.hora utilizados para que funcione un aparato eléctrico durante un tiempo. Depende de la potencia del aparato y del tiempo que esté funcionando.
- Consumos (estimación de): Cálculo realizado en función del histórico de consumo del mismo periodo del año anterior, si lo hubiera, que se atribuye a un suministro, en un período de tiempo considerado, cuando no se conoce el consumo real para su facturación.
- Contador: Instrumento que mide la energía consumida. Puede ser propiedad del cliente o de la empresa suministradora. Mide los consumos en KWh.
- Contrato a tarifa: Es aquel contrato de suministro con precio fijado por el Gobierno a tarifas eléctricas.
D
- Derechos de contratación: Importe que la empresa suministradora tiene derecho a percibir, en función de la legislación vigente, cuando se contrata un suministro de energía eléctrica.
- Derechos de enganche: Importe que tiene derecho la empresa suministradora a percibir por la conexión de sus instalaciones con las del cliente, así como por la conexión o desconexión del equipo de medida.
- Derechos de verificación: Importe que tiene derecho a percibir la empresa en concepto de verificación de la instalación particular del cliente.
- Discriminación horaria: Separación mediante los contadores adecuados de los consumos de energía en períodos o espacio de tiempo previamente establecidos (horas punta, valle, llano, días pico al año , días altos al año , etc.).
- Doble barra: Tipo de subestación que consta de dos barras y en la que los circuitos pueden conectarse a cada una de ellas.
E
- Enganche: Conexión de una instalación a la red a través de la acometida.
- Equipo de control: Disposición que tiene por misión controlar la potencia (ICP) o medir la potencia demandada (maxímetro).
- Estimación: Consumos que se atribuyen a un suministro, en un período de tiempo considerado, si no se conocen sus consumos reales para su facturación. Se calcula en función de los históricos de consumos del mismo período del año anterior, si los hubiere.
F
- Facturación: Operaciones a través de las que la empresa eléctrica calcula y especifica las cantidades adeudadas por el cliente por los consumos de energía realizados en un tiempo determinado, y por otros conceptos derivados de las características de su suministro.
- Facturación básica: Es la suma de los términos de potencia y energía.
I
- I.C.P: Siglas correspondientes al Interruptor de Control de Potencia, aparato eléctrico que permite limitar la potencia máxima que se puede utilizar en un suministro.
- I.G.A: Siglas correspondientes a Interruptor General Automático. Aparato eléctrico que funciona como interruptor de protección general de todos los circuitos de un suministro.
- Instalación (puesta en servicio): Alta de la conexión de la instalación a la red.
- Instalación eléctrica: Conjunto de aparatos y de circuitos asociados, en previsión de un fin particular: producción, conversión, transformación, transmisión, distribución o utilización de la energía eléctrica.
K
- Kilowatio: Unidad de potencia que equivale a mil watios (kW).
- Kilowatio hora: Unidad de energía eléctrica utilizada para medir el consumo de energía (kWh).
L
- Local de centralización de contadores: Espacio acondicionado de acuerdo con la normativa utilizado para alojar los contadores de un mismo edificio.
M
- Modelo de Red de Referencia: Herramienta de cálculo de una red de distribución de energía eléctrica que, basándose en criterios técnicos de planificación, detalla sus costes de inversión, mantenimiento y operación desde los niveles de tensión de la red de transporte hasta los clientes finales.
P
- Petición de suministro: Solicitud realizada a la empresa eléctrica por parte del cliente para obtener suministro de energía eléctrica o modificar el ya existente.
- Petición de suministro definitivo: Petición que solicita suministro de energía eléctrica sin determinar el tiempo de duración del suministro.
- Potencia: Capacidad de los aparatos eléctricos para producir trabajo (la cantidad de trabajo realizado en la unidad de tiempo). La unidad de medida es el Watio (W) o el kilowatio (kW).
- Potencia contratada: Viene determinada en la Póliza.
- Potencia demandada: Aquella alcanzada por un suministro durante un período determinado.
- Potencia de facturación: Es el número de kilowatios facturados.
- Potencia instalada: Suma de las potencias nominales de los aparatos de consumo de un cliente.
- Potencia máxima: Valor de la mayor de las potencias demandados durante un período en el punto de entrega del suministro. Se denomina también potencia de punta.
- Potencia nominal: Potencia máxima que demanda un receptor en condiciones normales de uso. Figura en la chapa de características del aparato.
- Potencia reactiva: Potencia absorbida por un receptor y que no produce trabajo útil.
- Precio del término de potencia: Valor facturado por unidad de potencia (kW) para un período determinado.
- Punto de medida: Local de la finca en que se encuentran uno o varios aparatos de medida.
R
- Recibo: Impreso normalizado sobre el que se detalla la facturación de energía eléctrica.
- Red Aérea de Baja Tensión: Conjunto de líneas aéreas para la distribución de energía eléctrica con tensiones inferiores a 1 kV.
- Red Aérea de Media Tensión: Conjunto de líneas aéreas para la distribución de energía eléctrica con tensiones comprendidas entre 1 kV y 36 kV.
- Red de Alta Tensión: Conjunto de líneas para la distribución de energía eléctrica con tensiones comprendidas entre 220 kV y 50 kV.
- Red Subterránea de Baja Tensión: Conjunto de líneas subterráneas para la distribución de energía eléctrica con tensiones inferiores a 1 kV.
- Red Subterránea de Media Tensión: Conjunto de líneas subterráneas para la distribución de energía eléctrica con tensiones comprendidas entre 1kV y 36kV.
S
- Simple Barra: Tipo de subestación en la que todos los circuitos están directamente conectados a una sóla barra.
- Sistema de protección: Dispositivo que protege frente a los efectos de las sobreintensidades y sobretensiones que por distintas causas pueden producirse en las redes.
- Sobrecarga: Se produce si la suma de la potencia de los aparatos que están conectados a un circuito es superior a la potencia para la cual está diseñado el circuito de la instalación.
- Subestaciones: Conjunto de aparamenta eléctrica y edificios necesarios para transformar la tensión y conectar dos o más circuitos.
- Suministro de baja tensión: Aquellos cuya tension nominal de alimentación es inferior o igual a 1000 V.
T
- Tarifa: Regularización de las cantidades que un cliente tiene que pagar por el uso de la electricidad.
- Tarifa (doble): Aquél que comporta dos precios diferentes según las horas del día. Ejemplo: Tarifa 2.0 N.
- Tarifa de acceso: Es el valor de los peajes correspondientes al uso de las redes de distribución y transporte. Estos peajes son regulados por el Gobierno.
- Tarifa básica: Tarifa de energía eléctrica compuesta de los términos de facturación de potencia y energía.
- Tarifa integral: Importe a pagar por el consumo de un KWh que incluye tanto el coste de producción de la energía como el de transporte y distribución de la misma hasta el cliente final.
- Telegestión: Sistema basado en la instalación de contadores inteligentes que mediante comunicación PLC permite el acceso remoto al contador para la recogida de lecturas, modificación de los parámetros de contrato, gestión de la demanda y gestión de la red de baja tensión.
- Término de energía: Es el producto de multiplicar la energía consumida durante un período de facturación por el precio del término de energía.
- Término de potencia: Es el resultado de multiplicar la potencia a facturar por el precio del término de potencia.
- TIEPI: Número de horas de interrupción del suministro del total de la potencia instalada que equivale al sumatorio ponderado de los tiempos reales de interrupción del suministro de las potencias parciales correspondientes.
- Titular de pago: Persona o empresa que asume el pago de las facturas de energía eléctrica. Puede ser el mismo o no que el titular del contrato.
Z
- Zona rural: Conjunto de núcleos de una provincia con un número de suministros inferior a 2.000.
- Zona Semiurbana: Conjunto de núcleos de una provincia con un número de suministros comprendido entre 2.000 y 20.000, excluyendo capitales de provincia.
- Zona Urbana: Conjunto de núcleos de una provincia con más de 20.000 suministros, incluyendo capitales de provincia aunque no lleguen a esta cifra.